viernes, 24 de octubre de 2014

La diosa Justicia

Hay un interesante libro, que aclara muchas dudas e interpretaciones sobre la normativa de funcionamiento de los Consejos escolares cuyo titulo es Actuación de los Órganos Colegiados en los Centros Educativos: Problemática y respuestas, de Jerónimo Martín Torres y prologado por Carlos Mayor Oreja, siendo consejero de educación de la Comunidad de Madrid
Especialmente interesante cuando indica que los miembros del Consejo escolar tienen el derecho a disponer de toda la información precisa sobre los temas a tratar en el Orden del día, debiendo tener copia literal de las actas que tengan que ser aprobadas con tiempo suficiente, esta circunstancias son necesarias para el buen desarrollo y la consecución de los fines y objetivos de los Consejos, al tiempo que permite una mayor transparencia en el funcionamiento de dichos órganos colegiados.

A pesar de lo obvio de esta argumentación, algunos centros se resisten a facilitar la información a los representantes de las familias, aun a pesar de que hay mucha jurisprudencia al respecto, como por ejemplo esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.- Burgos, que reconoce el derecho de los miembros del Consejo Escolar de un colegio publico a obtener copia literal del Acta de las reuniones que este Órgano colegiado celebra.


1 comentario:

  1. También los miembros de un Claustro(el otro órgano colegiado de Gobierno, y nada menos) del Centro tenemos derecho a disponer, cuando se convoca un Claustro, las actas que se van a leer o aprobar en la sesión convocada. Todo ello porque se debe tener tiempo suficiente previo para leer el Acta, y en su caso, preparar las alegaciones a la misma para salvaguardar los derechos de cualquier miembro ante la redacción y selección de temas que incluye, que en ocasiones, como se ha demostrado, pueden haber sido elaboradas “con intención”. Y al no entregar copia sellada, y más ahora que se redactan en ordenador, y no en libro manualmente, se pueden modificar a gusto cuando “guste” o convenga. Tal proceder puede suponer un delito de prevaricador administrativa, y en su caso, pudiera suponer un delito de falsedad de documentos público.

    También a los miembros de un Ciclo, como órgano de Coordinación de un grupo docente, le corresponde a sus Coordinador/a elaborar un acta, que no le pertenece sólo a él/ella, sino que pertenece a todos sus miembros, a los que se les debe facilitar copia, y en su caso, cuñada, para que no pueda ser modificada, y sea garantista para quien la recibe.

    Personalmente, como docente del Centro, las he solicitado por activa y por pasiva. Verbalmente. Por escrito. Por escrito en Registro público. A esta Dirección y a este Secretario. Y anteriores. En los últimos cuatro años, jamas me las han facilitado las del Claustro. Me han negado algunas del Ciclo de Infantil. Jamás una del Consejo Escolar. Tampoco copia sellada de los Extractos de sus acuerdos. Nunca me las han querido cuñar. Lo que da pie a que cada uno piense lo que quiera. Yo lo tengo muy claro por qué. Creo que, Ustedes, también.

    Sólo las he podido disponer cuando, después de la apertura de un Expediente Disciplinario, se ha solicitado al Juzgado correspondiente copia compulsada de las mismas(y en algún caso se alegó que no se encontraban).

    Que un representante de las familias, elegido con el mayor numero de votos en unas elecciones a Consejo Escolar, que no representa necesariamente al AMPA, sino a todos los padres, afiliados o no, tenga que recurrir al registro y a las autoridades educativas(Inspección, Consellería, etc)y mostrar una Sentencia para conseguir un Acta, una convocatoria como procede, o la documentación pertinente para poder estudiarla para después proponer, decidir, votar sobre algo que afecta a un número de alumnos, profesores y personal de servicio, es algo que después de tanta normativa, sentencias, y cargos pagados para hacer cumplir la Normativa y en su caso, tomar las medidas que garanticen los derechos, pues algo que en pleno siglo XXI en este país, clama al cielo.

    Yo también, desde aquí, después de haberlo solicitado por registro y sin respuesta, pido las Actas del Claustro, del Ciclo de Infantil, de los Extracto del Consejo Escolar: selladas, con cuño. Y pido que antes de convocarme a un Claustro, a un Ciclo de Infantil pueda disponer de convocatoria con plazos que marca la normativa, con el Acta anterior acompañándola, con la mínima documentación de lo que se va a tratar, sobre lo que hay que decidir, con las propuestas que se presenten.

    Muchos ahora manifiestan que en los Consejos de Administración dde las Cajas de Ahorro, por ejemplo, no sabían lo que votaban, o desconocían la documentación sobre lo que tenían que aprobar o decidir. Ahora, vienen los lamentos, alegar desconocimiento,, librarse de las responsabilidades.

    Por tanto, Diario de Papá considero que tiene toda la razón, toda la legitimidad, y todo el derecho, y como consecuencia, tiene mi apoyo en lo que puedan ser sus solicitudes y en su actitud consecuente y responsable. Amen.

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