Esto
si que es una buena noticia, me acaban de confirmar que tengo a mi disposición
una gran cantidad de albunes y sobres de cromos de la liga de fútbol para
repartir.
Como
no hay para todos los niños y niñas, solamente les voy dar albunes a los chicos
y como sobres de cromos tengo menos, los repartiré a los chicos que estén
apuntados en algún club de fútbol.
Como
es una sorpresa, no les digáis nada a los niños, tampoco os puedo decir el día
que iré a repartir, espero que me de tiempo a repartir todos el mismo día
y si no pediré que me ayuden a repartir en el centro…
……….. Tras esta fantasiosa exposición
de un hecho inventado, espero que al menos se haya producido un pequeño debate sobre
la idoneidad de repartir regalos a los niñ@s discriminándolos por sexo ( a los
niños SI y a las niñas NO) y por condición social (los que se pueden permitir
pagar el acceso a un club de fútbol SI y los que no se lo pueden permitir NO)
sirva para reflexionar sobre la idoneidad de repartir regalos de cualquier tipo
en horario lectivo dentro de un centro educativo, discriminando a los alumnos,
por la capacidad económica de sus familias o por la decisión ideológica, motivada
o no de pertenecer a un AMPA.
En los estatutos del AMPA que
conozco, se puede leer en el Art. 3 de sus fines dos apartados a tener muy en
cuenta:
j) Promover la
plena realización del principio de gratuidad en el ámbito del Centro, así como la
efectiva igualdad de derechos de todos sus alumnas/os, sin discriminación
por razones socioeconómicas, ideológicas, confesionales, raza o sexo.
o) Velar por el respeto a los Derechos de las/os
alumnas/os. (de Tod@s)
El art. 6º.2. b) de los
estatutos, nos puede ayudar a reflexionar, además de sobre el lugar donde repartir
el regalo, (si es que es necesario) del momento oportuno para hacerlo ya que
indica que el pago de la cuota de socio se pondrá al cobro de Septiembre a
Diciembre de cada año
Debate a parte será si es
necesario y conveniente, destinar parte
del presupuesto del AMPA a la compra de
regalos para los hij@s de las familias asociadas, para donativos a ONG locales o
para efectuar regalos de Navidad.
Pero ¿Quien decide que y como emplear los recursos del
AMPA?, esto también queda claro en el Art. 9. 1.- de los estatutos que La Asamblea General
de socios es el Órgano soberano de la Asociación. Se
reunirá una vez al año, obligatoriamente en el primer trimestre del curso
escolar en sesión Ordinaria, para la aprobación de Cuentas, Presupuesto y
Programa General de Actuación Social. Otra cosa es que se cumpla o no.